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Los nocivos estereotipos de género en la publicidad

Oct 8, 2021 | Blog

Nos indigna luchar por los derechos de las mujeres con la sensación de ser David contra Goliat y no porque nos sintamos pequeñas, ni débiles, sino porque trabajamos con la sensación de que cada pequeño logro no puede hacer frente a todo un sistema orquestado para mantener los estereotipos de género, para continuar oprimiendo a las mujeres y dificultando el camino hacia la igualdad real.

Ese sistema tiene múltiples mecanismos para seguir contaminando de estereotipos a la sociedad, lo que hace que actualmente educar en igualdad sea una labor casi imposible. Una de las herramientas más potentes y contaminantes son los medios de comunicación y, entre su contenido estrella para la citada labor: la publicidad.

La Ley General de Publicidad del año 1988 (en vigor) en su artículo 3, determina que es ilícita la publicidad que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y derechos reconocidos en la Constitución Española, como lo es el artículo 14 que reconoce la igualdad y la no discriminación.

Añade dicho artículo que se entenderán incluidos en la previsión anterior los anuncios que presenten a las mujeres de forma vejatoria o discriminatoria, bien utilizando particular y directamente su cuerpo o partes del mismo como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar, bien su imagen asociada a comportamientos estereotipados que vulneren los fundamentos de nuestro ordenamiento coadyuvando a generar la violencia a que se refiere la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género o discriminación en cualquiera de sus manifestaciones sobre las personas menores de edad, o fomente estereotipos de carácter sexista, racista, estético o de carácter homofóbico o transfóbico o por razones de discapacidad.

Pues bien, con tal previsión en las normas desde hace más de 30 años, continuamos siendo testigos y consumidores a diario de una publicidad repleta de anuncios sexistas, es decir, y por poner unos pocos ejemplos de los muchos que existen, aquellos que:

 

  • Utilizan un lenguaje que invisibiliza a las mujeres (el genérico masculino): hijos, chicos, niños, etc., para dirigirse a todo el público.
  • Tratan a las mujeres como seres dependientes de los hombres, que son los que toman las decisiones.
  • Muestran la imagen de que las mujeres no trabajan y son mantenidas por sus padres o maridos.
  • O que las identifican como madres o amas de casa, solamente, donde las tareas domésticas y el cuidado de las/os hijos/as son tareas exclusivas de las mujeres.
  • Las mujeres aparecen como meros objetos eróticos y sexuales, es decir, se cosifican.
  • Entre otros.

 

La publicidad ilícita puede ser controlada mediante las acciones del artículo 6 de la citada Ley derivadas de la Ley de Competencia Desleal (Capítulo IV, de los Art. 32 y ss). En esta materia existe una legitimación especial de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, el Instituto de la Mujer o su equivalente en el ámbito autonómico, también a asociaciones de defensa de la mujer y al Ministerio Fiscal. La Asociación Autocontrol, a su vez, sirve para proteger a los consumidores frente a los abusos de la publicidad, esta agrupa a anunciantes, agencias y medios para resolver problemas entre ellos.

Si bien, los anunciantes no se toman en serio la ley y las administraciones no sancionan este tipo de prácticas, de hecho las administraciones competentes no instan a retirar los anuncios y derivan las reclamaciones de particulares o asociaciones o a instituciones públicas dedicadas a la protección de mujer, que carecen de competencias sancionadoras.

Es increíble hasta qué punto hemos normalizado este grave problema que hace perpetuar los estereotipos de género y con ello la desigualdad y la discriminación. Una imagen sexista de medio segundo, podría echar por tierra todo un programa o proyecto de sensibilización y formación no sexista.

Y no olvidemos, la repercusión que tiene la publicidad en las/os niñas/os, la mayoría de los anuncios de juguetes son sexistas, y las/os niñas/os se están educando y aprendiendo estereotipos que son extremadamente difíciles de eliminar.

 

Por tanto, es importante que los anuncios sexistas se denuncien

El Instituto de Mujeres tiene un formulario de queja que puede resultar útil.

Y asimismo, recomendamos consultar la labor que realiza el Observatorio de la Imagen de las Mujeres

En el ámbito de la Comunidad Autónoma Vasca existe Comisión Asesora para un uso no sexista de la Publicidad y la Comunicación, denominada “Begira”, para más información ponemos a disposición el enlace de la página web de Emakunde.

Asimismo, adjuntamos enlace de la página del Gobierno de Navarra. El Instituto Navarro para la Igualdad Sección de Información, Sensibilización y Participación Social prevé un Procedimiento de actuación ante denuncias o quejas por discriminación por razón de sexo.

 


En Eme Abokatuak somos abogadas especialistas en Derechos de las Mujeres e Infancia en Donostia-San Sebastián, Bilbo, Vitoria-Gasteiz e Iruña-Pamplona
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